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La Fundación Altair es una entidad sin fines lucrativos acogida al régimen fiscal de la ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Con el fin de fomentar la entrega de donativos a las fundaciones acogidas a la citada ley 49/02, la normativa establece una serie de deducciones de la cuota del impuesto sobre la renta de las personas físicas (en el caso de que el donante sea persona física) y del Impuesto sobre sociedades (en el caso de que el donante sea persona jurídica).

La mencionada ley establece también que los empresarios podrán deducirse para determinar la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, la ayuda económica entregada a las fundaciones en virtud de los Convenios de colaboración empresarial suscritos con las mismas.